Capítulo II DE LAS OBLIGACIONES COMUNES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS Artículo 29: Conforme los dispone la Ley General, los sujetos obligados a que se refiere la presente Ley deberán poner a disposición del público, difundir y actualizar, en forma permanente y por internet, la siguiente información: |
Fracción. I. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, que deberá incluir leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios y políticas; entre otros;
Fracción. II. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, los órganos de consulta y apoyo, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;
Estructura orgánica
Fracción. III. Las facultades de cada área;
Fracción. IV. Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos;
Fracción. V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones deban establecer;
Fracción. VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;
Fracción. VII. El directorio de todos los servidores públicos, incluyendo los que formen parte de los órganos de consulta y apoyo, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico oficial, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
Fracción. VIII. La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración;
Fracción. IX. El perfil de los puestos de los servidores públicos a su servicio, el curricular de quienes ocupan esos puestos, y la información de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos al momento de asumir el cargo y al concluirlo, siempre que se cuente con el consentimiento del interesado, por tratarse de datos personales;
Fracción. X. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente;
Fracción. XI. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa;
Fracción. XII. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios, y el periodo de contratación;
Fracción. XIII. El domicilio de la unidad de transparencia, el nombre de su titular y la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener información;
Av. 3er. Anillo Periférico esq. con Ejército Mexicano #0 S/N, Col. El Diezmo, Colima, Colima, Colima C.P. 28010, edificio B y tercer piso.
Responsable de la Unidad de Transparencia: Lic. Ana Zoila Velasco Enriquez
Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información
Fracción. XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;
Fracción. XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social, y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente;
a) Área;
b) Denominación del programa;
c) Periodo de vigencia;
d) Diseño, objetivos y alcances;
e) Metas físicas;
f) Población beneficiada estimada;
g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
h) Requisitos y procedimientos de acceso;
i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
j) Mecanismos de exigibilidad;
k) Mecanismos de evaluación informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos, utilizadas para su cálculo;
m) Formas de participación social;
n) Articulación con otros programas sociales;
o) Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente;
p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; y
q) Padrón de beneficiarios, mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiadas, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial en su caso, edad y sexo;
Fracción. XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;
Fracción. XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;
Fracción. XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición;
Fracción. XIX. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;
Fracción. XX. Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen;
Fracción. XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable;
Fracción. XXII. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;
Fracción. XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato, concepto o campaña y fecha de inicio y de término;
Fracción. XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan;
Fracción. XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
Fracción. XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
Fracción. XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;
Fracción. XXVIII. La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
Tratándose de licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
a) La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
b) Los nombres de los participantes o invitados;
c) El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
d) El área solicitante y la responsable de su ejecución;
e) Las convocatorias e invitaciones emitidas;
f) Los dictámenes y fallo de adjudicación;
g) El contrato y, en su caso, sus anexos;
h) Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
i) La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
j) Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
k) Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;
l) Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
m) El convenio de terminación; y
n)El finiquito;
Tratándose de las adjudicaciones directas:
a) La propuesta enviada por el participante;
b) Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
c) La autorización del ejercicio de la opción;
d) En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
e) El nombre de la persona física o moral adjudicada;
f) La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
g) El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
h) Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
i) Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
j) El convenio de terminación; y
k) El finiquito;
Fracción. XXIX. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
Fracción. XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;
Fracción. XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;
Fracción. XXXII. Padrón de proveedores y contratistas;
Fracción. XXXIII. Los convenios de coordinación y de concertación con los sectores social y privado;
Fracción. XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;
Fracción. XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;
Fracción. XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio, en que sea parte el sujeto obligado;
Fracción. XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana;
Fracción. XXXVIII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
Fracción. XXXIX. La integración del Comité de Transparencia, así como sus actas y resoluciones;
Fracción. XL. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;
Fracción. XLI. Los estudios financiados con recursos públicos;
Fracción. XLII. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
Fracción. XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;
Fracción. XLIV. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
Fracción. XLV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
Fracción. XLVI. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;
Fracción. XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al resgistro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente; y
Fracción. XLVIII. El catálogo de información adicional así como cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público;
Capítulo III DE LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS Artículo 30: Además de lo señalado en el artículo 29 del presente ordenamiento, el Poder Ejecutivo del Estado deberá hacer pública en internet la siguiente información: |
Fracción. I. De manera general:
a) El Plan Estatal de Desarrollo;
b) El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;
c) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de espropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;
d) El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes, a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;
e) Los nombres de las personas a quienes se habilitó para ejercer como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;
f) La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, así como los tipos y usos de suelo; y
g) Las disposiciones administrativas, con el plazo de anticipación que prevea la normatividad aplicable, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con su omisión o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.
Capítulo III DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Artículo 119: Las dependencias o áreas de los sujetos obligados deberán elaborar y hacer público un índice de documentos reservados, el cual será actualizado semestralmente, contendrá como mínimo los siguientes datos: Fracción. I. Área que genera o tiene a su disposición la información; Fracción. II. Nombre del documento reservado; Fracción. III. La mención respecto de si la reserva es total o parcial; Fracción. IV. Fecha de inicio y término de la reserva; Fracción. V. La justificación o motivo de la reserva; Fracción. VI. El plazo de reserva; Fracción. VII. Las partes del documento que se reservan; y Fracción. VIII. Si se determinó la prórroga de la reserva de la información; |
L.D. Ana Zoila Velasco Enríquez
Directora de Calidad de la Gestión Pública
TEL.3162000 EXT. 2266
Última actualización 29 julio de 2016