Sección de Transparencia de Secretaría de Administración y Gestión Pública

En esta sección podrás consultar la información disponible sobre los requisitos que marca la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima.

Capítulo II 

DE LAS OBLIGACIONES COMUNES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS


Artículo 29: Conforme los dispone la Ley General, los sujetos obligados a que se refiere la presente Ley deberán poner a disposición del público, difundir y actualizar, en forma permanente y por internet, la siguiente información:

 

Fracción. I. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, que deberá incluir leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios y políticas; entre otros;


Fracción. II. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, los órganos de consulta y apoyo, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;


Fracción. III. Las facultades de cada área;

 


Fracción. IV. Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos;

 


Fracción. V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones deban establecer; 

 


Fracción. VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;

 

Fracción. VII. El directorio de todos los servidores públicos, incluyendo los que formen parte de los órganos de consulta y apoyo, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico oficial, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales; 

 


Fracción. VIII. La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración;

Remuneración Mensual 2016

 


Fracción. IX. El perfil de los puestos de los servidores públicos a su servicio, el curricular de quienes ocupan esos puestos, y la información de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos al momento de asumir el cargo y al concluirlo, siempre que se cuente con el consentimiento del interesado, por tratarse de datos personales;

 


Fracción. X. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente; 

 


Fracción. XI. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa; 

 


Fracción. XII. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios, y el periodo de contratación;

 


Fracción. XIII. El domicilio de la unidad de transparencia, el nombre de su titular y la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener información; 

Av. 3er.  Anillo Periférico esq. con Ejército Mexicano #0 S/N, Col. El Diezmo, Colima, Colima, Colima C.P. 28010, edificio B y tercer piso.

Responsable de la Unidad de Transparencia: Lic. Ana Zoila Velasco Enriquez

Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información

 


Fracción. XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;

 


Fracción. XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social, y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente;

a) Área;

b) Denominación del programa;

c) Periodo de vigencia; 

d) Diseño, objetivos y alcances;

e) Metas físicas;

f) Población beneficiada estimada;

g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;

h) Requisitos y procedimientos de acceso;

i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; 

j) Mecanismos de exigibilidad;

k) Mecanismos de evaluación informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;

l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos, utilizadas para su cálculo; 

m) Formas de participación social; 

n) Articulación con otros programas sociales; 

o) Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente;

p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; y

q) Padrón de beneficiarios, mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiadas, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial en su caso, edad y sexo;

 


Fracción. XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;

 


Fracción. XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;

 


Fracción. XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición;

    •  


Fracción. XIX. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;

  • Servicios

 


Fracción. XX. Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen; 

  • Trámites, requisitos y formatos

 


Fracción. XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable; 


Fracción. XXII. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;

 


Fracción. XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato, concepto o campaña y fecha de inicio y de término;

 


Fracción. XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan;

 


Fracción. XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;

 

Fracción. XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos; 

 


Fracción. XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos; 

 


Fracción. XXVIII. La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

Tratándose de licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

a) La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

b) Los nombres de los participantes o invitados; 

c) El nombre del ganador y las razones que lo justifican;

d) El área solicitante y la responsable de su ejecución; 

e) Las convocatorias e invitaciones emitidas;

f) Los dictámenes y fallo de adjudicación;

g) El contrato y, en su caso, sus anexos; 

h) Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

i) La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;

j) Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;

k) Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;

l) Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;

m) El convenio de terminación; y

n)El finiquito;

Tratándose de las adjudicaciones directas:

a) La propuesta enviada por el participante;

b) Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

c) La autorización del ejercicio de la opción; 

d) En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;

e) El nombre de la persona física o moral adjudicada; 

f) La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;

g) El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra; 

h) Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

i) Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;

j) El convenio de terminación; y

k) El finiquito; 

  •  

Fracción. XXIX. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados; 

  •  

Fracción. XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible; 

  •  

Fracción. XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero; 

 


Fracción. XXXII. Padrón de proveedores y contratistas; 

 


Fracción. XXXIII. Los convenios de coordinación y de concertación con los sectores social y privado;  

 


Fracción. XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;  

 


Fracción. XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;  

 


Fracción. XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio, en que sea parte el sujeto obligado;  

 


Fracción. XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana; 

 


Fracción. XXXVIII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;  

 


Fracción. XXXIX. La integración del Comité de Transparencia, así como sus actas y resoluciones; 

 


Fracción. XL. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;  

 


Fracción. XLI. Los estudios financiados con recursos públicos; 

 


Fracción. XLII. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;  

 


Fracción. XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos; 

 


Fracción. XLIV. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie; 

 


Fracción. XLV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; 

 


Fracción. XLVI. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos; 

 


Fracción. XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al resgistro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente; y 

 


Fracción. XLVIII. El catálogo de información adicional así como cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público; 

 


Capítulo III

DE LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS


Artículo 30: Además de lo señalado en el artículo 29 del presente ordenamiento, el Poder Ejecutivo del Estado deberá hacer pública en internet la siguiente información:


Fracción. I. De manera general:

a) El Plan Estatal de Desarrollo;

b) El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados; 

c) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de espropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales; 

d) El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes, a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales; 

e) Los nombres de las personas a quienes se habilitó para ejercer como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;

f) La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, así como los tipos y usos de suelo; y

g) Las disposiciones administrativas, con el plazo de anticipación que prevea la normatividad aplicable, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con su omisión o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

 


Capítulo III 

DE LA INFORMACIÓN RESERVADA


Artículo 119: Las dependencias o áreas de los sujetos obligados deberán elaborar y hacer público un índice de documentos reservados, el cual será actualizado semestralmente, contendrá como mínimo los siguientes datos:

Fracción. I. Área que genera o tiene a su disposición la información; 

Fracción. II. Nombre del documento reservado;

Fracción. III. La mención respecto de si la reserva es total o parcial;

Fracción. IV. Fecha de inicio y término de la reserva;

Fracción. V. La justificación o motivo de la reserva;

Fracción. VI. El plazo de reserva;

Fracción. VII. Las partes del documento que se reservan; y

Fracción. VIII. Si se determinó la prórroga de la reserva de la información;

 
 

L.D. Ana Zoila Velasco Enríquez

Directora de Calidad de la Gestión Pública

avelascocalidadgp@gmail.com

TEL.3162000 EXT. 2266

 

Última actualización 29 julio de 2016

 

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